PROTECCIÓN

El COOCYL, firmante de un protocolo para evitar mensajes publicitarios ilegales o que generen riesgos para la salud

> La Consejería de Sanidad y 12 colegios profesionales de Castilla y León, entre ellos, el de Ópticos-Optometristas, suscriben este acuerdo pionero contra las prácticas abusivas

> El documento contempla la creación de una comisión de seguimiento formada por miembros de la Junta y de cada una de las instituciones colegiales firmantes  

 

Comunicación COOCYL, 19 de junio de 2018. ­El Colegio de Ópticos-Optometristas de Castilla y León (COOCYL) es uno de los 12 colegios profesionales de la Comunidad que ha suscrito junto a la Consejería de Sanidad un protocolo de control de la publicidad sanitaria para evitar la difusión de mensajes ilegales o susceptibles de generar riesgos para la salud. 

Se trata del primer acuerdo de estas características, cuyo fin es reforzar la colaboración entre las instituciones firmantes, que ya venían actuando en este sentido, y que incluye la creación de una comisión de seguimiento formada por miembros de la Administración sanitaria y de cada uno de los colegios firmantes.

Además del COOCYL, han suscrito este convenio los consejos de colegios profesionales de Enfermería, farmacéuticos, médicos, odontólogos y estomatólogos y los colegios oficiales de dietistas-nutricionistas, fisioterapeutas, logopedas, podólogos, protésicos dentales, psicólogos y terapeutas ocupacionales en Castilla y León.

Con este acuerdo se busca que, mediante la aportación de los conocimientos técnicos propios de cada profesión sanitaria, se pueda determinar si una publicidad es veraz y objetiva, que permita salvaguardar el derecho a la salud de los usuarios de los centros y establecimientos sanitarios, garantizar la seguridad de los pacientes y protegerlos frente a prácticas abusivas.

Informe técnico

El consejero de Sanidad, Antonio María Sáez, y los presidentes de 12 colegios profesionales de Castilla y León, han sido los encargados de firmar este protocolo de actuación que establece, en primer lugar, que las instituciones colegiales trasladarán a la autoridad sanitaria competente de la Consejería de Sanidad todos los mensajes publicitarios de los que tengan conocimiento que puedan ser considerados como publicidad sanitaria ilegal. Además, adjuntarán un informe técnico sobre los motivos por los que se considera que esa publicidad pueda ser susceptible de generar riesgos para la salud de las personas.

Por su parte, la Consejería de Sanidad tramitará todas las comunicaciones de los consejos y colegios profesionales y, en caso de ser necesario, adoptará con carácter de urgencia las medidas cautelares o de carácter sancionador. Asimismo, informará a las organizaciones profesionales de todas las actuaciones que se adopten en relación con los expedientes que se tramiten en un plazo que no podrá exceder de los tres meses.

Coordinación de actuaciones

Asimismo, se creará una comisión de seguimiento formada por representantes de la Consejería de Sanidad y de cada uno de los colegios profesionales firmantes para mejorar el procedimiento de intercambio de información, coordinar las actuaciones y elaborar una memoria anual de actuaciones derivadas del protocolo.

La firma de este convenio surge como respuesta a la aprobación por las Cortes de Castilla y León de una PNL presentada por el Grupo Parlamentario Popular en la que se instaba a la Junta a desarrollar «las medidas necesarias en orden a implantar una oportuna regulación y control de la publicidad de las actividades y servicios sanitarios que garantice la adecuación de ésta a criterios de veracidad», así como a «establecer los cauces más adecuados de colaboración con los colegios profesionales sanitarios y las asociaciones de consumidores y usuarios de Castilla y León».

Además, el pasado 5 de junio, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad –ahora Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social- publicó a sometimiento de consulta pública el Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 1907/1996, de 2 de agosto, sobre publicidad y promoción comercial de productos, actividades o servicios con pretendida finalidad sanitaria.